Resumen
En este documento, se define a la Defensoría Universitaria como una instancia que vela por los derechos de los miembros de la Universidad, así como también toma conocimiento de las denuncias y reclamos de dichos miembros. El Gran Canciller es quien designa al Defensor Universitario. En su artículo 7º, contempla las causales para el cese de sus funciones.